El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó al funcionario civil de la UIOE de Carabineros, Alex Guillermo Smith Leay, a la pena de 12 años de presidio, como autor de nueve delitos de falsificación de instrumento público, ocho delitos de obstrucción a la investigación, un delito calificado de obstrucción a la investigación y un delito de uso malicioso de instrumento público falso cometido por particular. Ilícitos perpetrados en 2017, cuando integraba la Unidad de Inteligencia Operativa Especializada (UIOE) de La Araucanía.
En resolución unánime (causa rol 199-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Rocío Pinilla (presidenta), Patricia Abollado y Javier Bascur (redactor)– condenó, además, a Leonardo Marcelo Osses Sandoval a la pena de 10 años de presidio, como autor de nueve delitos de falsificación de instrumento público y siete delitos de obstrucción a la investigación, perpetrados en 2017.
El tribunal impuso la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, más las accesorias legales, a Gonzalo Alfonso Blu Rodríguez y Patricio Alejandro Marín Lazo, como autores de los delitos consumados y reiterados de obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público.
Además, condenó a Marcelo Iván Teuber Muñoz a las penas de 3 años y un día y 100 días de presidio, más accesorias y el pago de una multa de 2 UTM; a Manuel Riquelme Mardones a las penas de 100 y 21 días de presidio y el pago de una multa de media UTM, más las penas accesorias, por su responsabilidad en los delitos consumados de obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público, penas sustituidas por el tribunal por la libertad vigilada intensiva mientras duren sus condenas.
Finalmente, el tribunal absolvió a Marvin Alan Marín Maluenda, Cristian Andrés Pérez Mancilla, Marcos Rodrigo Sanhueza Córdova, Darwin Patricio Vásquez Sepúlveda y Manuel Jesús Cavieres González de los delitos imputados por el Ministerio Público.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de Osses Sandoval y Smith Leay para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Informes falsos
En julio de 2017, el imputado Gonzalo Blu Rodríguez, en ejercicio de su cargo y al amparo de la Ley 19.974, solicitó autorización judicial para ejecutar diligencias de inteligencia dirigidas a personas vinculadas al conflicto de violencia rural en la Región de La Araucanía, las que fueron concedidas en agosto y septiembre del mismo año. Posteriormente, el imputado remitió al fiscal regional un informe en el cual consignó la supuesta interceptación de comunicaciones, identificación de personas y atribución de participación en delitos de asociación ilícita e incendios, incluyendo la transcripción de conversaciones y la estructura de una organización criminal. En dicho contexto, los imputados Alex Smith Leay y Leonardo Osses Sandoval, con conocimiento y participación del imputado Patricio Marín Lazo, procedieron a fabricar conversaciones, simulando reportes técnicos mediante correos electrónicos y datos ficticios, los cuales fueron incorporados al referido informe.
El imputado Gonzalo Blu Rodríguez suscribió y remitió al Ministerio Público el informe, tras lo cual el ente persecutor inició investigaciones penales, procediéndose a la detención de diversas personas y la incautación de especies. Posteriormente, los imputados Smith Leay y Osses Sandoval manipularon evidencia incautada, incorporando archivos con las conversaciones falsas, las cuales fueron utilizadas como sustento pericial en la investigación.
Posteriormente, con fecha 23 de septiembre de 2017, personal de Carabineros dio cumplimiento a una orden judicial de entrada, registro e incautación en el domicilio de Héctor Llaitul Carrillanca, procediendo a la incautación de tres teléfonos celulares. Luego, previo a la realización de los peritajes, los imputados Alex Smith Leay y Leonardo Osses Sandoval accedieron materialmente a parte de la evidencia incautada, manipulándola e implantando archivos de texto que contenían conversaciones falsas, previamente elaboradas por ellos.
Luego, funcionarios de LABOCAR emitieron un pre informe pericial informático, en el cual se consignaron hallazgos obtenidos desde los dispositivos intervenidos, sustentando información que correspondía a los archivos falsamente incorporados. En virtud de lo anterior, el Ministerio Público dispuso la realización de nuevas diligencias investigativas, entre ellas la extracción, recuperación y análisis de información contenida en las especies incautadas, todo ello fundado en antecedentes que resultaron ser falsos.
El 11 de diciembre de 2017, el imputado Gonzalo Blu Rodríguez,
Fuente: Poderjudicial.cl






